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Ayudas para la mejora de las condiciones de salud y bienestar laboral en los centros de trabajo - Convocatoria 2024

N°10407

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones publicas para la realización de acciones dirigidas a promocionar la implantación de los planes de bienestar laboral en las empresas de Aragón con la finalidad de reducir los aspectos negativos asociados a la siniestralidad y el absentismo laboral y potenciar los aspectos positivos relacionados con la calidad de vida y la eficiencia empresaria

Plazo de presentación

Del 03/09/2024 al 23/09/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Empresas, que cuenten con un mínimo de uno y un máximo de cincuenta personas trabajadoras por cuenta ajena, que tengan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón y realicen los gastos o actividades objeto de la subvención en centros de trabajo y para personas trabajadoras dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas y tener centro de trabajo en Aragón
  • Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
  • Cumplir con la normativa de transparencia en los términos establecidos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad pública y participación ciudadana de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental conforme a lo exigido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable, que será verificada por el órgano instructor, solicitando informe al Departamento competente en materia de medio ambiente.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme, ni por sentencia judicial firme por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, de acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, así como por la legislación de derechos y garantías de las personas con discapacidad. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39 la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la declaración responsable.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por la autoridad laboral competente, con las sanciones accesorias de exclusión de acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social.
  • Estar legalmente constituidas y tener centro de trabajo en Aragón
  • Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
  • Cumplir con la normativa de transparencia en los términos establecidos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad pública y participación ciudadana de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental conforme a lo exigido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable, que será verificada por el órgano instructor, solicitando informe al Departamento competente en materia de medio ambiente.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme, ni por sentencia judicial firme por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, de acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, así como por la legislación de derechos y garantías de las personas con discapacidad. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39 la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la declaración responsable.
  • No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por la autoridad laboral competente, con las sanciones accesorias de exclusión de acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acciones a realizar

    A. Listado de acciones a realizar por la empresa solicitante de las indicadas en el apartado cuarto de la presente convocatoria

  • Presupuesto o facturas definitivas con los correspondientes gastos subvención

    En el supuesto de que la inversión esté ya realizada en la fecha de presentación de la solicitud, se podrá presentar la documentación justificativa a través del correspondiente formulario de justificación.

  • Informe situación empresa

    Informe del análisis previo de la situación de la empresa que ha servido de base para desarrollar las acciones que se subvencionan, en base a lo establecido en el apartado cuarto de la presente convocatoria.

  • D. Informe de personas trabajadoras en alta a fecha de solicitud

  • Plan de igualdad entre mujeres y hombres, cuando no esté obligada legalmente

    E. Plan de igualdad entre mujeres y hombres, cuando no esté obligada legalmente a tenerlo. Dicho plan de igualdad, deberá estar inscrito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 03/09/2024 al 23/09/2024

En plazo

El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de la presente convocatoria.

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

Evacuados los trámites del apartado anterior, la persona titular del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia, como órgano competente para la concesión, resolverá y notificará, individualmente...

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