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Registro de Centros de Recogida de Caza - Baja

N° 10552

Con este procedimiento se procede a dar de baja los centros de recogida de caza que están inscritos en el Registro. Una vez gestionada la solicitud de la baja desaparecerán los derechos y obligaciones asociados.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Titulares/representantes de Centros de Recogida de Caza inscritos en el Registro.

Requisitos

  • Ser titular de un centro de recogida de caza.
  • Poseer la Licencia de inicio de actividad (o licencia municipal de actividad y apertura, en el caso de ser anterior a la publicación del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas).
  • El centro debe estar inscrito en el Registro de Centros de Recogida de Caza de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Aragón.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

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Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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Modificación

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