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Subvenciones a comarcas para talleres TIC - Convocatoria 2024

N°10189

A través de este trámite, las comarcas aragonesas podrán presentar una solicitud para la organización de talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (Talleres TIC) en localidades de menos de 2.000 habitantes que no correspondan a los términos municipales de las capitales de provincia.

Plazo de presentación

Del 17/04/2024 al 16/05/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Comarcas aragonesas

Requisitos

  • Que la solicitante no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones.
  • Que la solicitante no haya sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
  • Que la solicitante no esté incursa en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas de esta Administración por infracciones previstas en las leyes de Aragón en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
  • Que la solicitante esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto con la Hacienda del Estado como con la de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como que no tenga deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Que la solicitante tenga aprobado y esté ejecutando su Plan de Racionalización de gasto corriente para el último ejercicio.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Resumen de la actuación

    El modelo deberá presentarse con todos sus apartados completados. No se valorarán las actuaciones que no se describan utilizando este modelo.

    Descargar modelo Resumen de la actuación
  • Diagrama de Gantt

    con el cronograma de la actuación, donde se reflejen, con fechas concretas, cada uno de los talleres previstos.

  • Presupuesto

    Presupuesto detallado y desglosado por conceptos, en el que se indicará si se incluye o no el IVA. En caso de estar exento de IVA, se indicará el motivo de dicha exención.

  • Certificado del Secretario/a de la comarca

    Certificado de la aprobación del Plan de Racionalización del gasto corriente, de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

  • Certificado del secretario/a o del secretario/a-interventor/a de la comarca

    Certificado expedido por la persona titular de la Secretaría o de la Secretaría-Intervención de la comarca, de haber ejecutado todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad, en caso de que dichas subvenciones no hubieran sido concedidas por este mismo órgano convocante.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de estar exento de IVA

  • Certificación del secretario/a de la comarca de exención de IVA

    Con el visto bueno de la persona titular de la Presidencia, en la que se haga constar que la entidad local no efectúa declaración de IVA respecto de los conceptos objeto de subvención. Su aportación es imprescindible para considerar el IVA subvencionable.

En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante

  • Acreditación de la representación

    Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario aportar este documento si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.

A aportar en el momento de la justificación

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Actuaciones subvencionables: talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), de unas cinco horas de duración, dirigidos a personas mayores o poco familiarizadas con el uso de las TIC.

Se subvencionará hasta un 80% de los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de 500 € por taller. El número máximo de talleres subvencionables será de 30 por comarca beneficiaria.

Los materiales didácticos para la realización de los talleres TIC están accesibles en el siguiente apartado de Documentos y enlaces de interés con información adicional.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 17/04/2024 al 16/05/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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