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Subvenciones en el ámbito de la igualdad de trato y no discriminación - Comarcas. Convocatoria 2024

N°10188

Convocar las subvenciones dirigidas a comarcas para la realización de proyectos de promoción de la igualdad de trato, no discriminación y diversidad afectivo sexual, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Del 13/09/2024 al 03/10/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Las comarcas aragonesas

Requisitos

  • Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones a que se refiere la presente Orden las comarcas aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. Tendrán en todo caso la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones, las comarcas destinatarias de los fondos públicos que deban llevar a cabo la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias las comarcas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que sean de aplicación a las mismas.
  • Tampoco podrán ser beneficiaras las comarcas que no cumplen con la legislación medioambiental, de transparencia y si han sido sancionadas en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI+, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo.
  • Para ser beneficiarias de las subvenciones deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Administración General del Estado, así como frente a la Seguridad Social.
  • Así mismo, deberán acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
  • Ficha de terceros: Si el Gobierno de Aragón no dispone de la Ficha de terceros actualizada de la persona o entidad solicitante, esta Ficha de terceros para designación de cuenta bancaria, deberá registrarse con anterioridad a solicitar esta subvención. El enlace para registrar la Ficha de terceros está disponible en esta misma página, en el apartado de Documentos y enlaces de interés dentro de Información adicional.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Aportar en caso de disponer la siguiente documentación:

  • Ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas

    En el caso de haber solicitado o recibido ayudas para la misma actuación para la que se solicita subvención, adjuntar la solicitud o resolución de concesión de cada una de ellas.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Consulta de Inexistencia de Delitos Sexuales por Documentación

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 13/09/2024 al 03/10/2024

En plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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