Volver a Volveremos Aragón.

Volveremos Aragón. - Convocatoria 2024.

N° 10486

El programa “Volveremos” subvenciona al establecimiento los saldos admitidos como medio de pago a los clientes usuarios de la aplicación móvil “Volveremos”, generados con sus compras de bienes de consumo en establecimientos adheridos. Dicho saldo se genera con cada compra realizada en los establecimientos durante las fechas establecidas en cada campaña, siendo admitidos como medio de pago en las siguientes compras realizadas en la misma red de establecimientos adheridos hasta agotar el presupuesto asignado o hasta finalizar el periodo vigente indicado en esta convocatoria.

Serán gastos subvencionables los tickets de compra, según la metodología de generación y operación que se describe en el Anexo I de la Orden de convocatoria, generados por los clientes usuarios de “Volveremos”, que se hayan realizado y pagado dentro del periodo de gasto subvencionable.

Plazo de presentación

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

En plazo

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Dirigido a

  • Las pequeñas o medianas empresas (Pymes) que tengan establecimientos minoristas abiertos al público en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”.

Requisitos

  • La Pyme beneficiaria de la ayuda deberá ser titular de, al menos, un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciados de las ayudas fnanciadas con los fondos del Gobierno de Aragón, la actividad principal del negocio del benefciario deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2. Además, el benefciario deberá ser titular de, al menos, un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciarios de las ayudas fnanciadas con fondos municipales, los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el párrafo anterior podrán ser ampliados para incluir actividades de servicios, de acuerdo con lo que conste en el convenio de colaboración firmado con cada entidad local.

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

En plazo

Para solicitar las ayudas es necesario adherirse al programa “Volveremos”. Para ello, resulta obligatorio cumplimentar el formulario de adhesión, que estará disponible a través de la página web del programa volveremos, así como a través de la web del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio.

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

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